Reforma INE. Artículo 115 constitucional en materia electoral

TEXTO VIGENTE
Artículo 115. ...
I. Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente o Presidenta Municipal y el número de regidurías y sindicaturas que la ley determine, de conformidad con el principio de paridad.

La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado
II. a X. ...
TEXTO PROPUESTO
Artículo 115. ...
I. Cada Municipio será gobernado por un ayuntamiento de elección popular directa, integrado mediante el sistema de listas votadas de manera paritaria por un Presidente o Presidenta Municipal, una sindicatura y el número de regidurías que le corresponda de conformidad con su número de habitantes, asignados mediante el método de cociente natural y resto mayor conforme a lo siguiente:
a) Corresponderá una regiduría a los municipios cuya población sea menor a sesenta mil habitantes;
b) Corresponderán hasta tres regidurías a los municipios cuya población sea superior a sesenta mil y menor a trescientos setenta mil habitantes;
c) Corresponderán hasta cinco regidurías a los municipios cuya población sea superior a trescientos setenta mil y menor a seiscientos noventa mil habitantes;
d) Corresponderán hasta siete regidurías a los municipios cuya población sea superior a seiscientos noventa mil y menor a un millón diez mil habitantes, y
e) Corresponderán hasta nueve regidurías a los municipios cuya población sea superior a un millón diez mil habitantes.
Las constituciones de los estados determinarán el porcentaje mínimo de votos requeridos para la asignación de regidores.
La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del estado. En ningún caso, las personas servidoras públicas ni personal administrativo de los municipios podrán ganar una remuneración mayor a la otorgada a las personas regidoras.
II. a X. ...

Síntesis de Reforma INE al Artículo 115 constitucional en materia electoral

Sintetizando la propuesta de reforma al Artículo 115 constitucional en materia electoral tenemos lo siguiente:

  • Los principales cambios que propone la iniciativa son:

– Considera la reducción de los integrantes de los Ayuntamientos en los Municipios, estableciendo un límite de hasta
nueve Regidurías de forma proporcional a la población de cada Municipio, es decir:

Número de regidurías Población
Una Regiduría Municipios cuya población sea menor a sesenta mil habitantes.
Hasta tres Regidurías Municipios cuya población sea superior a sesenta mil y menor a trescientos setenta mil habitantes.
Hasta cinco Regidurías Municipios cuya población sea superior a trescientos setenta mil y menor a seiscientos noventa mil habitantes.
Hasta siete regidurías Municipios cuya población sea superior a seiscientos noventa mil y menor a un millón diez mil habitantes.
Hasta nueve regidurías Municipios cuya población sea superior a un millón diez mil habitantes

– Que las Constituciones de los Estados determinen el porcentaje mínimo de votos requeridos para la asignación de regidore

– Respecto a las remuneraciones percibidas, propone en ningún caso las personas servidoras públicas ni personal
administrativo de los municipios podrán ganar una remuneración mayor a la otorgada a las personas regidoras.

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